El Congreso de Michoacán aprobó reformas al Código Penal del Estado en favor de las mujeres. La primera es ampliar a 60 años de cárcel los feminicidios y la segunda es castigar la violencia vicaria con hasta ocho años de prisión.
Comete el delito de feminicidio, quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
En el caso de la ampliación del tiempo de cárcel por el delito de feminicidio, dicha reforma se efectuó luego de que el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla envió una iniciativa para que sean 60 años de prisión por este delito, cuando antes eran hasta 50 años. Los diputados y diputadas locales lo aprobaron por unanimidad.
Contra la violencia Vicaria
Asimismo, la legislatura local aprobó sancionar la violencia vicaria de cuatro a ocho años de prisión, a quien cause daño mientras mantenga o haya tenido una relación de matrimonio o concubinato con una mujer, utilizando como medio a las hijas o los hijos.
En sesión pública, el dictamen fue avalado con 31 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
Legisladores aprobaron las reformas al Código Penal de Michoacán, en el que se incluye el artículo 178 Quater, que señala:
“Se considerará causar daño a la mujer, cuando el sujeto activo amenace con causar daño a las hijas o hijos de la víctima, o personas significativas para ella”.