La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de manera histórica atraer el amparo relacionado con el conflicto laboral del Nacional Monte de Piedad, institución cuyas más de 300 sucursales se encuentran cerradas desde octubre de 2025.
Con esta determinación, la Corte analizará la legalidad de la existencia del conflicto de comprobarse que el Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad cumplió con los estatutos antes de iniciar el paro o si la votación mayoritaria del personal a favor del movimiento subsana su falta.
Precedente en conflictos colectivos
La solicitud de atracción fue presentada durante las ponencias de los ministros María Estela Ríos González y Hugo Aguilar Ortiz. Su importancia radica en que podría convertirse en un precedente sobre conflictos colectivos en nuestro país.
De tal manera que la resolución defina si es indispensable el cumplimiento de los estatutos sindicales o bastaría con la voluntad de la mayoría trabajadora ante un procedimiento interno.
Antecedente laboral
El Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad inició el 1 de octubre de 2025 una huelga en respuesta a lo que calificaron como una política de “constante violación y opresión” por parte de la administración de la institución.
Desde entonces fueron cancelados todos los procesos de empeño y desempeño de los objetos que sirven para los préstamos prendarios.
El pasado 23 de abril, el Nacional Monte de Piedad aseguró que desde el inicio del movimiento han presentado a los trabajadores seis propuestas formales de solución y tres más fueron planteadas por las autoridades; sin embargo, han sido rechazadas por la dirigencia sindical.