El Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, (TEPJF), determinó que no habrá ningún tipo de recuento de votos de la elección de personas juzgadoras, al no estar previsto ni en la reforma ni en las leyes secundarias, por lo que no es una figura aplicable en este proceso.
El Pleno del Tribunal Electoral desechó recursos que pedían recuentos por duda legítima de los participantes y otros fueron considerados improcedentes porque los demandantes no eran actores del proceso y, por lo tanto, no resultaron afectados.
Las y los magistrados concluyeron que era infundado el planteamiento de las y los promoventes, porque ninguna norma constitucional o legal prevé la posibilidad de un nuevo cómputo de la totalidad de los votos de la elección del Poder Judicial, tal y como fue planteada en las controversias.
El Tribunal Electoral concluyó que no hubo omisión ni negativa del Instituto Nacional Electoral (INE) que afectara los derechos de las candidaturas, al ceñirse a lo que indica la ley aplicable, aprobada por el poder legislativo.
Por otra parte, el Pleno del Tribunal Electoral ratificó el desechamiento de una denuncia en contra del excandidato a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, César Gutiérrez Priego, quien era acusado de contratar publicidad en medios digitales, además de participar en 23 entrevistas en las que hizo proselitismo.
La votación tuvo un empate, siendo el voto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, el que definió el asunto.