Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron este jueves que se debe escuchar y atender a la opinión de las y los menores de edad en los procesos jurisdiccionales que les conciernen.
Detalló que dicha resolución obedece su derecho de acceso a la justicia y “es un elemento importante para la decisión que tomará el juzgador en torno a sus garantías”.
En un comunicado, la SCJN detalló que las autoridades judiciales y sus auxiliares deben proveer la mejor forma de interactuar con el menor y alcanzar su libre opinión.
La interacción, agregó la Suprema Corte, debe ir de acuerdo con sus años y grado de madurez (ciclos vitales: primera infancia, infancia y adolescencia).
Además, las autoridades nunca deben rechazar a los menores sólo por razón de su temprana edad, con el fin de alcanzar una justicia con perspectiva de infancia.
La SCJN estableció que el derecho de los menores de edad puede darse a partir de metodologías pedagógicas y didácticas que brinden condiciones adecuadas al niño, niña o adolescente para alcanzar ese objetivo.
La opinión de los menores de edad debe escucharse en los procesos jurisdiccionales que involucren sus derechos. Las autoridades judiciales deben proveer la mejor forma de interactuar con ellos y nunca rechazar escucharlos sólo por razón de su temprana edad: 1ª Sala pic.twitter.com/jZBUquUWu7
— Suprema Corte (@SCJN) December 24, 2020