Este lunes, se inició el análisis del proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, que propone, entre otras cuestiones, la invalidez del Artículo 167 párrafo séptimo del CNPP, así como la invalidez de la fracción XIII del Artículo 5 de la Ley Seguridad Nacional.
El proyecto de Aguilar Morales no propone que la prisión desaparezca, sino que continúe sólo de manera justificada, “por causas y razones legítimas”.
Las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y 136/2019 que analizan las y los ministros, buscan declarar la inconstitucionalidadde la prisión preventiva oficiosa por su uso desproporcionado, erigirse prácticamente en una sentencia adelantada y vulnerar la presunción de inocencia.
Hasta este lunes, aunque el Pleno de la Corte aún no votó, 3 de los 11 ministros se pronunciaron en contra de declarar la propuesta de Aguilar Morales como inconstitucional. Se trata de Loretta Ortíz Ahlf, Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel, por su parte, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá votó a favor de la propuesta.
Continúa discusión del proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales
La sesión del Pleno de este martes inició con la participación del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien aseguró que es necesario pronunciarse sobre la inconvencionalidad del artículo 19 constitucional antes de intentar resolver el asunto mediante el proyecto de Aguilar Morales.
Por su parte, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat señaló que la medida cautelar se utiliza de manera excesiva e hincha los números para calificar como exitosa la impartición de justicia en nuestro país. Ríos Farjat votó en contra del proyecto en debate.
“La prisión preventiva oficiosa mal empleada genera afectaciones desproporcionadas a la libertad personal […] Pero no comparto la idea de inaplicar la Constitución.”, mencionó Ríos Farjat.
En tanto, el ministro Javier Laynez Potisek, quien también expresó su voto en contra del proyecto, señaló que este no le pareció adecuado ya que, a su parecer, adolece de análisis sobre las facultades del máximo tribunal del país, por lo que ates de presentarlo, se requiere de un análisis interno y previo sobre dichas facultades.
Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena recomendó cuestionar la figura de la prisión preventiva oficiosa, específicamente sobre la justificación que no es necesaria para que se aplique, lo cual obliga al juez de control a mantenerse “ciego”, dijo. La medida cautelar fue calificada por Ortiz Mena como un “cheque en blanco para el Ministerio Público”. Por lo anterior, su voto fue en contra del proyecto.
En su tiempo, la ministra Norma Lucía Piña Hernández señaló que la Corte debe analizar y discutir la competencia del Pleno para aplicar una restricción constitucional expresa, sin embargo, su voto fue a favor del proyecto.
El presidente del máximo tribunal del país, Arturo Zaldívar, señaló que la discusión muestra una oportunidad para resolver el asunto mediante la interpretación, “no se trata de arrancar páginas de la Constitución”, dijo.
“A mí me parece que la salida que hace el señor ministro Luis María Aguilar es correcta porque sino, imaginen ustedes lo que va a suceder si se decanta la votación como veo. Para los presuntos delincuentes de cuello blanco, para los defraudadores fiscales, para los factureros, no va a ver prisión preventiva oficiosa y para el resto del pueblo mexicano ¿sí? ¿eso es correcto? ¿es justo? ¿es constitucionalidad?”, aseveró Zaldívar.
Tras una segunda ronda de opiniones, el ministro Arturo Zaldívar levantó la sesión misma que se retomará el jueves 8 de septiembre de 2022 a las 11:30 horas donde se llevará acabo la votación definitiva.