Luego de que el pasado 19 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazara la discusión del caso Tecoltemi, contra la Ley Minera, será este próximo 2 de febrero que el caso será discutido y votado en la Primera Sala y será una oportunidad para que ministros y ministras declaren la inconstitucionalidad de esta ley. Ante la nueva fecha la comunidad Nahua y Ejido de Tecoltemi hace un llamado a esta instancia de justicia para que se reconozca que la Ley Minera, que viola derechos de los pueblos y comunidades indígenas del país.
¿Qué se pide?
Una de las principales solicitudes es que se reconozca que “el contenido de los artículos 6, 15 y 19 fracciones IV, V, VI y XII de la Ley Minera es inconstitucional e inconvencional por contravenir el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas, así como el derecho a la propiedad de los ejidos”, señala la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, del Agua y de la Vida (de la que forma parte Tecoltemi) Fundar. El proyecto de sentencia reconoce que el derecho a la consulta y al consentimiento de Tecoltemi fue violado cuando dos
concesiones mineras fueron impuestas por la Secretaría de Economía sobre su territorio, por lo que exigen la cancelación. La comunidad ha reclamado que la Ley Minera decreta que las actividades deben preferirse sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del territorio, aun cuando se trate de territorios indígenas o ejidales. Además determina que
las empresas mineras tienen preferencia para usar y aprovechar el agua para sus actividades extractivas e incluso para actividades más allá de la minera. Garantiza a las empresas el acceso pleno a los terrenos mediante figuras como la
expropiación o la ocupación temporal. Expresan gran preocupación porque estas acciones se autorizan por 50 años con la posibilidad de extenderse hasta 50 años más. El proyecto de sentencia le preocupa a la comunidad y a los defensores porque alegan que se ha dicho que la
Ley Minera no se relaciona directamente con los intereses y derechos de los pueblos indígenas, porque su principal objetivo es regular la actividad minera, y no aspectos de la vida social, económica o política de los pueblos y comunidades. Sin embargo, una de las peticiones de la comunidad y defensores es que
se anulen y se cancelen concesiones mineras cuando haya daños ambientales,
agresiones a personas defensoras o se violen los procesos de consulta y consentimiento. Tanto las organizaciones y defensa que ha acompañado a Tecoltemi, como Fundar y el Consejo Tiyat Tlali, llaman a que las ministras y ministros de la Primera Sala de la SCJN dicten una resolución, el próximo 2 de febrero, bajo “el cumplimiento al mayor respeto, protección y garantía no sólo de Tecoltemi, sino de los derechos del resto de las comunidades del país, contribuyendo así a la eliminación de la discriminación histórica y la desigualdad estructural padecida por todas ellas”, enfatizan. Tecoltemi es una comunidad rural que pertenece al municipio de
Ixtacamaxtitlán, al norte del estado de Puebla. En el ejido habitan 300 personas que han emprendido una lucha para que el máximo tribunal cancele dos concesiones de 14 mil 229 hectáreas otorgadas por el Gobierno, en 2003 y 2009, a la empresa canadiense Almaden Minerals, además de la exigencia de declarar inconstitucional la Ley Minera por violar los derechos de los pueblos indígenas.