
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el decreto de nuevas leyes secundarias en materia de transparencia y protección de datos personales, que blindarán constitucionalmente esta información y garantizarán el derecho de los mexicanos a la privacidad.
Así, entran en vigor las siguientes iniciativas de la presidenta Claudia Sheinbaum:
- Leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
- Reforma el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Además, se decreta que el Estado garantizará el acceso a la ciudadanía a la información en posesión de cualquier autoridad o entidad de la Administración Pública, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, órganos autónomos, partidos, etc.
Asimismo, se contemplan los derechos ARCO, los cuales serán derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales.
La legislación secundaria evitará gastos onerosos, duplicidades y burocracias privilegiadas en el manejo de la información pública.
Nuevos organismos
También se crearán los siguientes organismos:
- Transparencia para el Pueblo
- Órgano de control y disciplina del Poder Judicial de la Federación.
- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
- Se rediseñan órganos autónomos y contralorías del Congreso de la Unión
También se sustituye el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales por el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública.
Transparencia para el Pueblo será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para coordinar y evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de transparencia y acceso a la información pública.
Otra clave de estas legislaciones es que no podrá clasificarse como reservada aquella información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos o con delitos de lesa humanidad, conforme al derecho nacional o a los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y ninguna persona podrá ser objeto de inquisición judicial o administrativa derivado del ejercicio del derecho de acceso a la información, ni se podrá restringir este derecho mediante vías o medios, directos o indirectos.