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¿Qué es la veda electoral?

Limitaciones como no distribuir propaganda política ni llamar al voto son relevantes, en un periodo previo a una elección

Mucho se ha hablado del término veda electoral, pero, ¿sabes de qué trata?, aquí te contamos más sobre el concepto. La veda electoral, silencio electoral o jornada de reflexión es el lapso durante el cual rigen una serie de prohibiciones legales vinculadas a la propaganda política. Dichas reglas se aplican, cuando hay elecciones, y pueden comenzar unos días u horas antes, y terminar horas después. Uno de los propósitos de estas prohibiciones sería la de permitir que en el período inmediatamente anterior a la elección sus participantes puedan reflexionar, teóricamente sin ser influidos, sobre su voto y, es por ello, que en países como España se utilice el término “jornada de reflexión” para el día previo a una elección política, durante el cual rige la veda electoral. Otro objetivo de la veda es evitar que, durante el acto electoral, ocurran posibles incidentes entre simpatizantes de diferentes posturas políticas.

¿Qué dice el órgano oficial?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral, habla de un conjunto de medidas que tienen el objetivo de generar condiciones para que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto en libertad. Dicha fase deberá iniciar días previos a la elección y terminar hasta la clausura de casillas.

Concepto histórico

Este término también lo acuñó, aunque no de manera textual, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el Artículo 210. Este dice que la distribución o colocación de propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales, y que su retiro o fin de distribución tendrá que efectuarse con tres días de anticipación a la jornada electoral. Prohibiciones tales como vender bebidas alcohólicas o efectuar espectáculos públicos tiene su origen histórico, ¿por qué? por considerarse que fueron usadas para instar a que la población no fuera a votar

Prohibiciones que contrae la veda electoral

  • Partidos y candidatos no pueden distribuir propaganda ni realizar mítines.
  • Tampoco pueden llamar al voto o pedir el voto.
  • No pueden publicar encuestas ni resultados de preferencias electorales.
  • No pueden realizar actos de campaña y proselitismo electoral.
  • Se prohíbe todo tipo de propaganda electoral y gubernamental.
  • No está permitido realizar marchas a favor o en contra de partidos o candidatos.
  • No se pueden difundir o realizar informes anuales de labores.
  • El día de la jornada electoral no debe haber propaganda electoral cerca de las casillas.
  • Los candidatos deberán suspender cualquier pauta publicitaria en redes sociales e Internet.

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