En mayo del 2023 deberá estar lista la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, para que en el corto y mediano plazo se obtengan los primeros resultados.
Tras instalar el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, el secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Román Meyer Falcón, destacó que uno de los principales objetivos será reducir los siniestros viales, que de acuerdo con las últimas cifras, han dejado un saldo de 14 mil muertes y cerca de 50 mil accidentes.
Asimismo, se buscará mejorar a nivel nacional las condiciones del transporte público, medios sustentables y la homologación de la legislación local en las 32 entidades de la República con la Ley Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, aprobada en abril de este año.
Actualmente, dos estados ya armonizaron sus normas locales.
Senado aprueba la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
En abril el Senado de la República aprobó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), por lo cual se implementarán nuevas medidas y cambios a los reglamentos locales de esta materia, lo que afectará a todas y todos los mexicanos, pues en esta nueva ley, que homologa los criterios de circulación, repercutirá en personas con vehículo particular, transportistas, personas que utilizan el transporte público y peatones.
Con una manifestación unánime de 102 votos a favor, se aprobó en lo general esta nueva ley; asimismo, con una votación de 90 a favor y ocho en contra, se aprobó en lo particular junto con los artículos reservados del dictamen.
La iniciativa fue impulsada después de que diferentes facciones parlamentarias promovieran foros de Parlamento Abierto en la Cámara de Diputados, esto para poder escuchar diferentes voces relacionadas a la seguridad vial: empresas, autoridades, expertos, transportistas, grupos vulnerables y deudos de víctimas de siniestros viales, de tal modo que la construcción de este proyecto tuvo diferentes aristas en donde la vinculación entre la sociedad civil y el legislativo fue determinante.
Ahora, quedó aprobado que en todo México se cumplan mínimo las siguientes seis normas:
- La obligación de portar licencias o permisos de manejo.
- Límites de velocidad (30 km/h en calles, 50 km en avenidas de acceso controlado, 80 km en carriles centrales 110 km en carreteras federales)
- Uso de casco en motos.
- Prohibición de uso de telefonía y dispositivos electrónicos.
- Aplicación de alcoholímetros.
- Aplicación de un examen de manejo que acredite conocimientos teóricos y prácticos.
En el oficio se reconoce el derecho a la movilidad como el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, el cual deberá contribuir al ejercicio y garantía de los demás derechos humanos, por lo que las personas serán el centro del diseño y del desarrollo de los planes, programas, estrategias y acciones en la materia.