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Reducen de 12 a 6 semanas plazo para aborto legal en Aguascalientes

FOTO: X @GIRE

¡Retroceso en los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres! El Congreso de Aguascalientes aprobó reducir de 12 a seis semanas de gestación, el tiempo para acceder a un aborto voluntario, a menos de un año de que la interrupción del embarazo fue despenalizada en la entidad.

“Aprobado el dictamen en lo general y no habiendo inscripción alguna en lo particular, se tiene aprobado el dictamen en lo particular, sin necesidad de someterse a otra votación”, apuntaron los diputados durante la sesión legislativa. 

A pesar de las protestas de colectivos feministas al exterior del Congreso estatal, con 19 votos a favor, seis en contra y una abstención, las y los diputados locales aprobaron la iniciativa que protege la vida desde la concepción, la cual fue presentada el pasado 23 de agosto por diversos diputados del Partido Acción Nacional (PAN).

Es necesario recordar que el aborto fue despenalizado en Aguascalientes en diciembre de 2023, cuando el Congreso local aprobó, en sesión privada, la modificación tal como lo había ordenado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Entonces, el límite de tiempo que quedó determinado en la ley fue de 12 semanas de gestación para realizar un aborto legal.

¿Qué modificaciones se contemplan?

La iniciativa estipula ahora que las mujeres pueden acceder a la interrupción del embarazo “dentro de un breve plazo cercano a la concepción”, por lo que propone modificar los artículos 101, 102, 103 y 196 del Código Penal local a fin de reducir de 12 a seis semanas de gestación el acceso a un aborto voluntario

“Un periodo breve cercano al inicio de las gestación debe ser razonable para que la mujer pueda ejercer la opción de no continuar con su embarazo, pero breve para que se otorgue [al no nacido] el máximo de protección posible”, argumenta la propuesta. 

El documento describe que, para efecto de este código, el embarazo será considerado como el “proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio […] y el aborto es la interrupción del embarazo con el consentimiento de la mujer después de la sexta semana de gestación.

FOTO: CONGRESO DEL ESTADO DE AGUSCALIENTES

Incrementa sanciones penales 

Asimismo, plantea sanciones de tres a seis meses de prisión, de 500 a mil días de multa y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a quien voluntariamente se practique un aborto u otorgue consentimiento para que otro lo realice.

“Cuando el aborto lo realice un médico cirujano o partero, se le aplicará de seis a un año de prisión, de mil 500 a 2 mil días de multa”, manifiesta el texto. 

FOTO: CONGRESO DEL ESTADO DE AGUSCALIENTES

Más cambios

Anteriormente, los artículos 102, 103 y 196 del Código Penal contemplaban a “la persona embarazada y persona gestante”, sin embargo, la iniciativa no reconoce el derecho de las personas gestantes a acceder a un aborto voluntario. 

El proyecto modifica la fracción III del artículo 103, que establecía excluyente de responsabilidad penal, cuando la vida de la mujer o persona gestante corra peligro, por lo que sólo considera las siguientes causales: 

Retroceso en los derechos de las mujeres

Organizaciones que protegen los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres expusieron que con esta iniciativa, el Congreso del estado contraviene a lo establecido por la SCJN y la Organización Mundial de la Salud (OMS), quienes han recomendado evitar la promulgación de leyes que prohíban el aborto con límites gestacionales. 

“Este 28 de agosto, al aprobarse esta iniciativa, se atentó en contra de los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes, pero la historia no termina aquí”, publicó la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida en su cuenta de X.

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