La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara relativo a las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la reforma al Poder Judicial.
El proyecto declara que “es parcialmente procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad” contra la reforma que entró en vigor desde el pasado 16 de septiembre.
En los próximos días será analizado y votado por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, donde ocho de los 11 ministros se han manifestado en contra de la reforma al Poder Judicial.
🚨#ÚltimaHora #LaCorte publica el proyecto de sentencia del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, relacionado con los expedientes vinculados a la denominada #ReformaJudicial del 15 de septiembre de 2024.
— Suprema Corte (@SCJN) October 28, 2024
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En una nota ejecutiva sobre este proyecto, se indica que es para contestar a las demandas de acción de inconstitucionalidad presentadas por diversos partidos políticos nacionales, un partido político local y la minoría parlamentaria de una entidad federativa.
Se detalla que en esta acción de inconstitucionalidad se impugna la reforma judicial, publicada el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que pretende renovar a jueces, ministros y magistrados por medio del voto popular.
En el proyecto, el ministro destacó la invalidación de algunos puntos de la reforma al Poder Judicial, como la elección de Magistradas y Magistrados de Circuito, así como de Juezas y Jueces de Distrito.
Además, se encontró la supresión de la figura de los “jueces sin rostro”.
El proyecto del ministro González Alcántara plantea que la elección de las magistradas y los magistrados de Circuito, así como las juezas y los jueces de Distrito, se regirá por las bases previstas en el artículo 96 de la Constitución; párrafo primero.
Y de las seis personas mejor evaluadas para cada cargo en los casos de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito; párrafo tercero y cuarto; 97, párrafo primero, en la porción normativa “podrán ser reelectos de forma consecutiva cada que concluya su periodo.
Agrega que no podrán ser readscritos fuera del circuito judicial en el que hayan sido electos, salvo que por causa excepcional lo determine el Tribunal de Disciplina Judicial.
El ministro Juan Luis González Alcántara propuso anular del proyecto de reforma judicial los comités de evaluación, propuestos para analizar los perfiles y controlar la inscripción de las personas candidatas a ocupar puestos en el Poder Judicial; así como el método de selección de candidatos a ocupar el cargo de juzgadores federales.