
La Suprema Corte de Justicia (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de una porción afirmativa de la Ley Federal de Cinematografía que prohibía la incorporación de subtítulos a ciertos filmes, por lo que a partir de los próximos días, todas las salas de cine del país deberán exhibir películas subtituladas, sin importar su clasificación.
Al resolver la declaratoria general de inconstitucionalidad solicitada por la Primera Sala, el pleno de la Corte aprobó por mayoría la propuesta de sentencia elaborada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolleado.
En ella, el ministro ponente determinó que la resolución del máximo Tribunal no implica la eliminación de los requisitos, para la exhibición de los filmes, pero las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español.
La discusión se encuentra en la SCJN desde 2022 cuando la Primera Sala concedió un amparo a un quejoso, ya que consideró que hay personas con discapacidad que necesitan los subtítulos para entender los films.
En ese entonces, las ministras y ministros dieron un plazo de 90 días al Congreso de la Unión para modificar el artículo impugnado, lo cual no sucedió.
Debido a ello, la Corte emitió la declaratoria general de inconstitucionalidad, cuyo propósito es expulsar del marco jurídico las normas que son contrarias a los derechos humanos.
Hay que recordar que la Segunda Sala del alto Tribunal también ha abordado el tema de la discapacidad visual de algunas personas que no pueden disfrutar el séptimo arte, y en marzo de 2024, otorgó un amparo a un quejoso , quien desde hace 16 años padece ceguera.
En dicha sesión, los ministros señalaron que además de estar dobladas al español o subtituladas, las películas debían ofrecerse con audiodescripción para las personas con discapacidad visual.