
Antes de desaparecer, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia declaró constitucional la pena de 15 a 30 años de prisión para quienes compartan, por cualquier medio, videograbaciones sexuales de menores de edad.
De esta manera, sancionó el delito de trata de personas en dicha modalidad.
Los ministros de la primera sala, que el miércoles sesionó por última vez, consideraron razonable una sanción severa cuando se trata de conductas que afectan gravemente a la niñez y la adolescencia, que pueden generar cicatrices profundas, tanto en su desarrollo como en su bienestar.
Asimismo, consideraron que es prioritario brindar a ese grupo vulnerable una mayor protección y garantía de sus derechos humanos, así como evitar la normalización de este delito.
La resolución se da, tras la negativa al amparo promovido por una persona sentenciada a 15 años de prisión, quien reclamó la inconstitucionalidad de la pena.