La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que madres y padres de niños o adolescentes con alguna enfermedad grave que requieran tratamiento especial, hospitalización o alivio del dolor, pueden solicitar una licencia laboral, para el cuidado de sus hijos.
Al resolver un amparo en revisión, la Segunda Sala de la Corte otorgó por unanimidad este amparo a padres de familia demandantes, que amplía los alcances de este tipo de permisos ya establecidos en las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Actualmente la ley establece que este tipo de licencias son para padres o madres de niños diagnosticados con cáncer, pero no para algún otro tipo de padecimiento como la atrofia muscular espinal.
A propuesta de la ministra Lenia Batres, las y los ministros de la Segunda Sala resolvieron que la Constitución no justifica negar la licencia médica a padres de hijos con enfermedades similares o más graves al cáncer.
Concluyeron que las porciones normativas que hacen referencia al cáncer como única enfermedad que habilita a un trabajador para acceder a la licencia médica son inconstitucionales por transgredir el derecho a la igualdad y no discriminación.
Batres Guadarrama señaló que esta licencia está diseñada para proteger a todas las familias que cuentan con un niño, niña o adolescente, con un padecimiento que le hace requerir de cuidados y acompañamiento prolongados de sus padres.
Incluso con el subsidio que la legislación prevé para los trabajadores, con el propósito de que los cuidados dedicados a los hijos tengan un menor impacto en la economía de la familia.
Un amparo otorgado fue para el señor José Ignacio y su esposa Gabriela, padres de un pequeño diagnosticado desde 2021 con atrofia muscular espinal, y que ante la negativa de autoridades y tribunales a proporcionarles las constancias de hospitalización para justificar sus ausencias laborales, acudieron a la Corte para la revisión de su demanda de amparo.