Este lunes, con nueve votos a favor, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) debido a que vulnera los derechos humanos de las y los usuarios al exigirles entregar sus datos biométricos para tener acceso a un servicio de telefonía celular, por lo que en sesiones posteriores serán fijados los efectos de esta invalidez.
Esto sucedió, luego de que la SCJN discutió el proyecto elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández que se relaciona con la acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, las cuales fueron promovidas por separado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como diversos senadores y senadoras de oposición.
El proyecto de Lucía Piña propuso eliminar el Panaut, el cual fue creado por el actual Gobierno, aprobado y luego suspendido por la SCJN.
Durante la sesión, el presidente de la SCJN, Arturo Fernando Zaldívar Lelo, resaltó que es “delicado” que el Estado pueda acceder a tanta información de las personas, como son los datos biométricos. Lo recomendables, dijo, es que el Estado cumpla con un procedimiento si desea obtener tal información.
Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña explicó que el padrón debía ser invalido porque no existe una justificación detrás para su existencia y, además, éste tergiversa los derechos de las personas, como el de privacidad, intimidad y protección a datos.
Asimismo, el ministro Luis María Aguilar Morales declaró estar a favor del proyecto, pero consideró importante que los delitos por medio de telefonía móvil sean tratados a fin de que sean eliminados, ya que la delincuencia emplea los servicios de prepago (cuando el o la usuaria paga por los servicios de telecomunicaciones antes de utilizarlos) para realizar diversos delitos con la posibilidad de no ser localizados.
En su opinión es importante que las autoridades estén dotadas de otros recursos para que puedan perseguir los delitos a través de la telefonía móvil.
Por su parte, el ministro Jorge Mario Pardo enfatizó que el padrón es útil para la persecución de los delitos, pero el diseño legislativo no es el optimo debido a la falta de lineamiento y requisitos que garanticen a todas las personas que sus datos serán resguardados.
De igual manera, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat comentó que “nuestros datos muchas veces no son cuidados cuando contratamos un servicio y nos llegan papeles con el nombre de otras personas. Aquí no creo que se trate que los delincuentes registren sus líneas telefónicas, sino que en un futuro no exista chips sin registro. Muchos cuestiones del Panaut son inconstitucionales”.
En abril del 2021, la propuesta sobre el Panaut fue publicada. Ésta buscaba vincular los datos personales y datos biométricos a una tarjeta inteligente desmontable (SIM); sin embargo, multitud de amparos y discusiones argumentaron que el Panaut iba en contra de los derechos humanos.
En junio, el padrón fue suspendido por la SCJN, al menos en tanto tuviera una resolución final sobre si era o no constitucional.
Las y los ministros comenzaron el estudio de fondo del proyecto, mismo que considera que la norma impugnada vulnera los derechos de las y los ciudadanos ya que iba a obtener, recopilar, almacenar, registrar y conservar los datos personales que daban una radiografía de la vida privada.