Nacional

SCJN defiende el uso del voto de calidad en caso de empate

La Corte explica que esta práctica está respaldada por la Ley de Amparo y se aplica cuando un ministro se declara impedido, generando un empate en la votación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmó este jueves que los ministros que presiden el pleno y las salas del tribunal tienen la facultad legal de emitir un voto de calidad (en caso de empate), como se demostró en la sesión de ayer miércoles al otorgar el amparo a 6 empresas que impugnaron la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica.

A través de una tarjeta informativa, la SCJN sostuvo que el voto de calidad ejercido por el Ministro Alberto Pérez Dayán, que concedió el amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica, está apegado a la Ley de Amparo que rige este tipo de procedimientos.

La Corte argumentó que la revisión del amparo en cuestión fue resuelta de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Amparo. Detalló que cuando un ministro se manifiesta impedido de participar en asuntos del pleno o sala, los restantes ministros determinan si se admite o no el impedimento. En caso de admitirse, los ministros continúan con el análisis del asunto. Si hay empate al votar la resolución, quien presida la sala tiene voto de calidad.

La SCJN aclaró que el Ministro Javier Laynez Potisek se declaró impedido de participar en la discusión del amparo, lo que resultó en un empate a dos votos. Como presidente de la sala, Pérez Dayán ejerció el voto de calidad.

La Corte recordó que esta situación ya tiene precedentes y se basa en el artículo 56 de la Ley de Amparo. La votación del miércoles tiene similitudes con un caso anterior en el que se declaró legal el impedimento de un ministro y se utilizó el voto de calidad de la presidenta de la sala.

La polémica se generó tras la resolución que otorgó el amparo a las empresas y dejó sin efecto la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

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