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SCJN determina nueva regla para juicios orales

FOTO : FERNANDO CARRANZA GARCIA / CUARTOSCURO.COM

Cuando una audiencia de juicio oral se interrumpa por un periodo superior a 10 días hábiles, tendrá que reponerse en su totalidad, determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En un comunicado, las y los ministros indicaron que con esta medida se busca armonizar el plazo que prevé el Código Nacional de Procedimientos Penales con el contenido de otras normas del mismo ordenamiento que regulan los plazos en días hábiles.

La finalidad es evitar perjuicios procesales y garantizar que un proceso penal se conduzca conforme a los principios de continuidad, inmediación y tutela judicial efectiva.

La Primera Sala de la Corte dispuso que cuando no se reanuden las audiencias de juicio oral en el día 11, como lo dispone el artículo 352 del Código Nacional de Procedimientos Penales, debe decretarse la nulidad de todo lo actuado y reponerse ante un Tribunal diverso.

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