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SCJN discute traspaso de la Guardia Nacional a la Sedena

FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

El Máximo Tribunal del país arrancó la discusión de la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición a las reformas de septiembre de 2022, con las cuales la Guardia Nacional pasó de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Los ministros, Yasmín Esquivel y Arturo Zaldívar -de los 11 que conforman el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)- se mostraron a favor de que la Sedena tenga el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional (GN).

En la sesión se presentó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca, que propuso declarar inconstitucional la incorporación del cuerpo seguridad nacional a la filas militares, pues la Guardia Nacional se concibió de carácter civil.

“Denominada Guardia Nacional con la que cuenta la Federación, esa institución es ante todo de carácter civil y para tal efecto queda adscrita, por mandato expreso de la Constitución, a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública quien formula sus programas, políticas y acciones”, dijo José Luis González Carranca.

Sin embargó, el expresidente de la SCJN, Arturo Zaldívar defendió la incorporación pues dijo que para construir un nuevo cuerpo de seguridad se depende de diversos recursos.

Sesión del Pleno de la #SCJN 17 abril 2023

“La puesta en marcha de una institución del tamaño de la Guardia Nacional demanda una enorme cantidad de recursos presupuestales, que tienen su origen en diversas secretarías, recursos administrativos, materiales y humanos, así como de complicados”, señaló el ministro Arturo Zaldivar.

Incluso aseguró que la Guardia Nacional bajo el control administrativo y operativo de la Defensa Nacional no pierde su carácter civil.

Zaldívar agregó que para que la Guardia Nacional perdiera su naturaleza civil, sería necesario que la ley le otorgara objetivos de seguridad nacional y no de seguridad pública, así como que sus integrantes fueran entrenados para derrotar al enemigo, o bien, llevar a cabo en sus labores cotidianas tácticas o técnicas de combate propios de la guerra en lugar de tácticas de control policial.

En oposición, la ministra presidenta Norma Piña aseguró que existe un riesgo en que las Fuerzas Armadas influyan en la Guardia Nacional.

“La alta presencia militar acompañada de intervención de las fuerzas armadas en actividades de seguridad ciudadana, puede implicar la introducción de un riesgo para los derechos humanos. Y dicho riesgo estriba precisamente en que el entrenamiento que reciben tales corporaciones están dirigidas a derrotar al enemigo, mientras que la instrucción que es propia de los entes policiales consiste en la protección y control de civiles”, puntualizó Norma Piña.

La presidenta la Corte aseguró que su postura era la interpretación literal de la Constitución y las funciones que se establecen tanto para las diferentes fuerzas de seguridad nacional.

Norma Piña añadió que es fundamental optar por un entendimiento estricto en el que las funciones de seguridad ciudadana son de la competencia exclusiva de autoridades civiles y que a las Fuerzas Armadas les corresponde una tarea claramente distinta, la seguridad nacional, tanto frente a amenazas internas como externas.

La ministra Yasmín Esquivel expresó que a la Corte no le corresponde intervenir en el diseño de políticas públicas como las de seguridad pública, pues la población mexicana demanda que se garantice la paz.

“Atendamos el reclamo de la población, de esta población en todos los rincones de nuestro País en que se exige seguridad y vivir en paz. Sin duda alguna el apoyo a la Guardia Nacional por parte de las instituciones a que más confianza tiene la sociedad, la Sedena y la Marina, son indispensables para salvaguardar la vida, la integridad y el patrimonio de las personas”, comentó Yazmín Esquivel.

La discusión de fondo sobre la acción de inconstitucionalidad continuará mañana, y si se concluye habría una votación. Para declarar la invalidez del cambio de la Guardia Nacional se requieren de ocho votos del pleno de la Corte; si no se logran, se desestimará y se archivará el asunto.

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