Nacional

SCJN invalida reformas de 2017 a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión

El Pleno de la SCJN decidió de manera unánime que dichas reformas aprobadas durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, incurrían en violaciones graves al proceso legislativo. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión realizadas en 2017 en materia de derecho de las audiencias.

El Pleno de la SCJN decidió de manera unánime que dichas reformas aprobadas durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, incurrían en violaciones al proceso legislativo. 

“Existieron anomalías en el proceso al realizar las reformas. Se violaron normas procedimentales que rigen el trabajo legislativo, pues esto procedió de un dictamen conjunto de Comisiones Unidas, es decir, un acuerdo expreso de las tres Juntas Directivas que debió convocar a una reunión extraordinaria conjunta, discutir el dictamen y resolver, lo que no sucedió”, afirmó el ministro Alberto Pérez Dayán, quien elaboró el proyecto de sentencia. 

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, explicó que la reforma se debía invalidar porque “a partir de una interpretación del Artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente, o de lo contrario se violarían sus derechos humanos”. 

En tanto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa indicó que, cuando la Segunda Sala de la SCJN, de la que ella es presidenta, analizó algunas de las normas reclamadas, discrepó de otorgar el amparo. 

“Considero que el sistema de autorregulación de los concesionarios de radio y televisión sí favorece la libertad de expresión de las y los comunicadores, y al mismo tiempo, protegen el derecho de las audiencias a elegir los contenidos audiovisuales con total libertad de criterio”, añadió. 

Con la decisión de la SCJN también se invalidó la facultad al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para emitir lineamientos de derechos de las audiencias; sin embargo, no se fijó un nuevo plazo para que el Congreso legisle sobre el tema. 

Lo que hoy dice la SCJN es que inválido el decreto por el que se reformó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, porque no se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad.

De esta manera, serán las y los legisladores federales quienes decidan si impulsan o no una nueva reforma en la materia. 

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