Nacional

SCJN falla a favor de dignificar el trabajo doméstico

La Corte determinó que una persona que labora en el hogar y cuida a los hijos, puede obtener una compensación económica luego de un divorcio.

En sus últimos momentos, la actual Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dignificó el trabajo doméstico al determinar que una persona que labora en el hogar y cuida a los hijos, puede obtener una compensación económica luego de un divorcio, sin importar que perciba mayores ingresos que su expareja.

Las y los ministros de la Primera Sala, que sesionó el miércoles por última ocasión, dieron la razón a una mujer en Querétaro que demandó el pago de hasta 50 por ciento de los bienes de su excónyuge.

El asunto transitó un largo recorrido jurídico en juzgados y tribunales de apelación hasta que llegó al máximo tribunal del país, que falló en favor de la mujer con el argumento de que ella, además tener dos empleos remunerados, se dedicó al trabajo en el hogar y al cuidado de su hijo.

La Primera Sala resolvió que la doble jornada generó el desequilibrio del patrimonio de la mujer demandante respecto al de su expareja al momento de disolver el matrimonio.

Por si fuera poco, señalaron las y los ministros, el trabajo convencional sumado a las labores domésticas implica desgaste físico y emocional, menos tiempo para la vida personal o recreativa y un menor desarrollo integral.

Reconocieron que, si bien las decisiones que se toman en el matrimonio son de índole privada, el Estado debe de intervenir para evitar discriminación en perjuicio de alguna de las partes y cuando se afecta el libre ejercicio de algún derecho.

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