Las y los ministros puntualizaron que existía la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de las leyes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversos capítulos relativos a la educación indígena e inclusiva de las leyes de educación de los estados de Jalisco, Guanajuato, Yucatán y Chiapas, por omitir la consulta previa en dichas comunidades.
En la sesión plenaria de este jueves, el Pleno de la Corte determinó que los preceptos anulados afectaban directamente los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad de dichas entidades.
Las y los ministros puntualizaron que existía la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de las leyes, de conformidad con los artículos primero y segundo de la constitución.
El Pleno invalidó únicamente los preceptos impugnados y no la totalidad de las legislaciones, lo cual surtirá efectos a partir de los próximos 18 meses siguientes a la notificación de las sentencias emitidas, a los congresos estatales.