Se hizo justicia en Chihuahua para personas en situación de calle, así como para particulares que organizan fiestas en sus domicilios y para quienes registran a sus hijas o hijos después de nacidos.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de las leyes de ingresos municipales de la entidad fronteriza para el Ejercicio Fiscal 2022.
Entre ellas, el cobro de multas a las personas que pernoctan por necesidad en la vía pública.
“Toda vez que estas sancionan administrativamente por dormir en la vía pública al producir un efecto de discriminación indirecta contra las personas que por sus condiciones particulares, tienen la necesidad de pernoctar en esas circunstancias”, sostuvo la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
La ponencia de la ministra Margarita Ríos Farjat invalidó también el cobro por el registro extemporáneo de nacimiento de niñas y niños y por el servicio de alumbrado público.
Una de las disposiciones más polémicas que fue invalidada por la Suprema Corte fue la que disponía el cobro a particulares por organizar fiestas en su propia casa.
“Las porciones normativas reclamadas violan el ejercicio de la libertad de reunión al establecer el pago de derechos por la expedición de un permiso que permita a los particulares la celebración de eventos en espacios públicos y en sus domicilios particulares, tales como bodas, 15 años, bautizos u otros”, añadió Ortiz Ahlf.
La SCJN sentenció que no es posible que el Estado condicione o restrinja la libertad de reunión de las personas.
El Pleno del máximo tribunal del país invalidó otras disposiciones incluidas en las leyes de ingresos municipales de Puebla y Oaxaca, que atentan contra el derecho de los ciudadanos.
Las sentencias entrarán en vigor una vez que la corte notifique a los congresos locales.