Nacional

SCJN invalida facultad del presidente para decidir destino de ahorro por austeridad

Con nueve votos, la SCJN declaró la inconstitucionalidad de la porción del Artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que por decreto facultaba al Ejecutivo decidir el destino de los recursos públicos generados por medidas de austeridad

Al concluir la discusión de la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley Federal de Austeridad Republicana y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó, por mayoría, las facultades del titular del Ejecutivo Federal para decidir el destino de los ahorros presupuestarios por medidas de austeridad

Antes de iniciar la discusión sobre la Ley de la Industria Eléctrica, el pleno declaró con nueve votos la inconstitucionalidad de la porción del Artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que por decreto facultaba al Ejecutivo decidir el destino de los recursos públicos generados por medidas de austeridad.

Las y los ministros establecieron dicha porción normativa vulnera la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados para decidir el destino de los recursos públicos conforme al Artículo 74 Constitucional, que deposita exclusivamente en la Cámara la Facultad Democrática de elegir el destino de los recursos públicos

La acción de inconstitucionalidad promovida por senadoras y senadores de la República, demandaba la invalidez del decreto mediante el cual se expidió la Ley Federal de Austeridad Republicana y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de las Leyes General de Responsabilidades Administrativas y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de 19 de noviembre de 2019.

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