El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó con ocho votos a favor y tres en contra, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrezca información de ciudadanos a petición de empresas privadas, por violar la privacidad y la protección de datos personales.
Se trata de una reforma de 2020 que se estableció en el Código Fiscal de la Federación, que permitía que el SAT verificara la identidad de las personas físicas a petición de cualquier empresa privada que pidiera la firma electrónica que incluía información biométrica.
Al respecto, la presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, argumentó que dicho ordenamiento viola el principio de seguridad jurídica:
“Viola el principio de seguridad jurídica, cuyas exigencias son altas en este caso, ya que el servicio de verificación está relacionado directamente con el manejo de datos biométricos considerados sensibles, y la norma no establece elementos suficientes para impedir que se revelen indebidamente a terceros sin el consentimiento del titular o una causa de interés público que lo justifique”.
La mayoría de los ministros consideraron que se violaban los derechos de las personas al permitir al SAT, sin previa autorización de los contribuyentes, ofertar la información a terceros.
Por la invalidez votaron: Alfredo Gutiérrez, Norma Piña, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez, Alberto Pérez Dayán, Jorge Pardo y Arturo Zaldívar Loretta Ortiz.
A favor de la validez de la reforma votaron: Luis María Aguilar, Juan Luis González Alcántara y Yasmín Esquivel.