La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría de votos, que queda prohibido la comercialización de los cigarrillos electrónicos a base de aceites, también conocidos como vapeadores.
Así quedó asentado en la Segunda Sala de la máxima autoridad judicial de México este miércoles 25 de noviembre, después de que fuera aprobado el proyecto de sentencia propuesto por el magistrado Luis María Aguilar Morales, en el que se niega un amparo promovido por la cadena de tiendas Sanborns (Sanborns Hermanos, S.A.) para comercializar con estos productos.
La historia del Estado mexicano y el vapeo inició en 2019, cuando la SCJN declaró en octubre de ese año que prohibir la venta de los vaporizadores era inconstitucional; sin embargo, el 19 de febrero del 2020, la Secretaría de Salud (SSa) emitió un decreto contra la importación de cigarrillos electrónicos a México, esto por el daño que pueden producir a la salud.