
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó el derecho de las personas con discapacidad a la educación inclusiva, con los ajustes o adaptaciones razonables de acuerdo a sus necesidades, así como a ejercer su capacidad jurídica para tomar sus propias decisiones.
En sesión, la Primera Sala del máximo tribunal reafirmó la constitucionalidad de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la condición del espectro autista, en relación con los derechos a la igualdad y no discriminación.
Tras analizar un juicio de amparo en revisión interpuesto por dos personas con espectro autista y discapacidad, las y los ministros de la Sala determinaron que cualquier porción normativa en sentido contrario a lo mencionado, sería violatoria del derecho a la educación, establecido en la Constitución.
En su demanda de amparo, los quejosos reclamaban la falta de consulta a las personas con esta condición, para la elaboración del ordenamiento citado, así como la inconstitucionalidad de diversas disposiciones de la ley analizada, que son violatorias de la Constitución.