Nacional

SCJN valida derecho de las personas a un medio ambiente sano

La Suprema Corte resolvió que las personas deben acreditar eventual existencia de daño o afectación en el medio ambiente cuando exista. ¡Aquí los detalles!

Las personas tienen derecho a un medio ambiente sano, pero deben acreditar la eventual existencia de un daño o afectación cuando exista, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que atrajo distintas demandas que involucran a comunidades indígenas.

El pleno de ministras y ministros estableció que los juzgadores deben considerar un mínimo de elementos para reconocerle interés legítimo a personas que se definen como indígenas y así puedan hacer valer su derecho a un medio ambiente sano.

“Permite a las personas indígenas o permitiría analizar si las personas de origen indígena pueden aportar elementos en caso de que, en un amparo en forma genérica, se advierta de daño o afectación ambiental”, comentó la ministra Lenia Batres Guadarrama.

Patrimonio cultural y a la propiedad intelectual

El pleno también atrajo la demanda de protección al patrimonio cultural y a la propiedad intelectual colectiva de pueblos y comunidades indígenas, en particular de la región maya.

Los ¿cómos?, deberá resolverlos la nueva Corte en los plazos constitucionales, que no deben exceder los seis meses.

“Va a ser un tema interesante en su momento, ya que se refiere a los derechos culturales de pueblos y comunidades indígenas, específicamente del juego de pelota y la danza de los burros”, dijo el ministro Arístides Rodrigo Guerrero.

La SCJN también atrajo la omisión del legislativo en torno a mecanismos para atender conflictos comunitarios; de todo ello debe dar respuesta.

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