Nacional

Segob explica lineamientos para promover elección judicial

La titular de la Secretaría de Gobernación detalló qué sí y qué no se puede hacer, de acuerdo con el dictamen del TEPJF, luego de que por más de una semana prohibiera promover la elección.

La titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Rosa Icela Rodríguez, explicó los lineamientos para que los Poderes de la Unión, Poderes Estatales, funcionarios y servidores públicos, organismos y cualquier ciudadano puedan promover la elección judicial, que se realizará el 1 de junio a nivel nacional.

La funcionaria detalló qué sí y qué no se puede hacer, de acuerdo con el dictamen del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego de que por más de una semana se les prohibiera promover la elección.

Lo que SÍ se puede hacer es:

  • Promover el voto y la participación ciudadana sin aludir a ninguna candidatura en específico
  • Campañas de comunicación social sin sesgo o apoyo a determinada candidatura
  • Campañas de orientación didáctica o educativas para informar la forma en que se podrá emitir el voto para dada uno de los cargos
  • Comunicación Social de carácter institucional que cumpla con fines informativos, educativos y de orientación social sobre el proceso

Lo que NO se puede hacer es:

  • Incluir imágenes, nombres o símbolos, que identifiquen a funcionarios o candidatos en propaganda para promover la elección judicial
  • El Gobierno Federal no puede promover las elecciones locales
  • Las autoridades locales no pueden promover la elección federal
  • Usar logos o colores institucionales
  • Candidatos en funciones no pueden participar en la propaganda institucional
  • Influir en la equidad de la contienda

Reglas de la sentencia del TEPJF

Asimismo, Rosa Icela Rodriguez detalló que también se suman otras reglas que fueron determinadas por el TEPJF para la promoción del voto:

  • La promoción que haga la autoridad debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos
  • Se pueden usar recursos públicos para promover la elección judicial, siempre que estén destinados a la comunicación social y cuando la propaganda tenga carácter institucional y fines informativos, sin vulnerar los principios de neutralidad e imparcialidad
  • Los spots o publicidad en internet no deben identificar al órgano que los emite
  • En ningún momento se deberán mostrar nombres, logos, eslogan, imágenes de las personas candidatas o cualquier referencia que las pueda hacer identificables
  • Los promocionales deberán incluir un cintillo que señale expresamente que los fines son informativos y educativos

¿Qué determinó la TEPJF?

La secretaria de Gobernación explicó que la TEPJF hizo dos cambios. Primero, modificó el acuerdo emitido por el Consejo General del INE, por el que se aprueban los criterios que garantizan la equidad e imparcialidad en el desarrollo de las campañas y veda electoral para el proceso electoral extraordinario del Poder judicial de la Federación.

Asimismo, concluyó que, “indebidamente”, el INE determino ser la única autoridad con atribuciones exclusivas para la promoción del voto y de la participación ciudadana, porque dichas restricciones no están previstas expresamente en la Constitución y la ley.

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