
Por unanimidad, el pleno del Senado aprobó reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de fortalecer el control estatal sobre estos objetos, así como pirotecnia y sustancias químicas.
Los cambios facultan a la Secretaría de la Defensa Nacional otorgar, negar, suspender o cancelar los permisos de adquisición y licencias de portación de armas automáticas calibre 7.62 milímetros o similares y superiores.
“Se refuerzan las reglas aplicables a la posesión, portación, comercio y transporte de armas y se prohíbe expresamente su envío mediante servicios de paquetería”, señaló la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Ana Lilia Rivera.
La reforma ademas prohíbe las armas fabricadas mediante impresiones 3D, establece reglas para deportistas de tiro y cacería, ejidatarios, comuneros y jornaleros.
“Esta legislación no busca criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho, busca cerrar los espacios de impunidad para quienes abusan de este derecho y fortalecen las cadenas de violencia”; agregó Rivera Rivera.
Las modificaciones legales permiten a los militares con jerarquía de generales, jefes y oficiales en la fuerza armada poseer y portar armas, cargadores, accesorios y municiones sin licencia, con la sola acreditación de su personalidad militar vigente.
📌El Senado aprobó reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para establecer un nuevo marco jurídico de equipamiento y accesorios, que procure la cultura de la paz y el desarme. pic.twitter.com/JXz0P1zYaN
— Senado de México (@senadomexicano) April 30, 2025
Sin embargo, se les prohíbe portar armas de su propiedad para prestar servicios en empresas de seguridad privada o con particulares, sin la autorización de la Defensa o la Secretaría de Marina.
También permite la portación de armas a funcionarios de empresas paraestatales.
La reforma avalada fue turnada al ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).