Con la aprobación en legislaturas locales a las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero, ahora será posible juzgar por diversos delitos al propio Presidente de la República.
El propósito de la reforma consiste en la posibilidad de que el Presidente de la República pueda ser imputado y juzgado por diversos delitos”, señaló Eduardo Ramírez, presidente de Mesa Directiva, del Senado.
Esta declaratoria de validez constitucional, representó uno de los últimos puntos desahogados por la Cámara Alta, antes de ser clausurado el Periodo Ordinario de Sesiones.
Establece que durante el tiempo de su encargo, el presidente podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y aquellos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
Para proceder penalmente contra el presidente, la Cámara de Diputados deberá presentar la acusación ante la Cámara Alta, donde se erigirá en jurado de sentencia.
El órgano legislativo practicará las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado.
Los senadores coincidieron en que el fuero presidencial normalizaba la corrupción y patentaba la impunidad.