Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión a distancia concluyó que el desplegado titulado “Gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” y la divulgación de 100 publicaciones, en redes sociales emitidas por los gobernadores de la Ciudad de México, Tabasco, Colima, Veracruz, Guerrero, Morelos, Nayarit, Baja California, Baja California Sur, San Luis Potosí, Puebla, Michoacán, Campeche, Sinaloa, Sonora, Chiapas y Tlaxcala; si incurrieron en infracciones electorales durante el periodo prohibido de la revocación de mandato celebrada el 10 de abril para ratificar o no en el cargo al Presidente López Obrador.
Se dijo que antes del proceso hubo difusión de propaganda gubernamental, uso indebido de recursos públicos, así como promoción personalizada y transgresión al principio de imparcialidad.
También la Sala Superior confirmó por unanimidad la resolución de la Sala Regional Especializada mediante la cual se determinó que las personas titulares de las alcaldías de: Iztapalapa; Milpa Alta; Tláhuac, Venustiano Carranza, Iztacalco, Gustavo A. Madero y Xochimilco; violaron La Ley Electoral vigente con motivo de la difusión y publicación del desplegado titulado “Alcaldes y alcaldesas de la 4ta transformación” a través del periódico “La jornada” y en twitter en el marco del ejercicio de revocación de mandato.
En el primer caso se dijo que serán inscritos los nombres de las personas servidoras públicas en el catálogo de sujetos sancionados y se debe dar vista a los congresos locales respectivos para que determinen su situación jurídica.
Consideró que se debe Confirmarse la responsabilidad atribuida a las personas responsables del desplegado por las personas titulares del Poder ejecutivo de diversas entidades federativas en apoyo al presidente de la República con motivo de la revocación de mandato porque a sido euterio reiterado de este tribunal que está cesada la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido”, declaró Magistrada Mónica Soto Fragoso, TEPJF