Nacional

TEPJF confirma Sheinbaum y Mario Delgado violaron veda en proceso de revocación de mandato

Amonestación a Claudia Sheinbaum, en su carácter de jefa de Gobierno, y a Martí Batres, en su calidad secretario de Gobierno, ambos de CDMX

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los videos denunciados y que fueron publicados en los perfiles de Facebook y Twitter del presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, así como en la página de YouTube del perfil “La 4TV”, promocionaron indebidamente el proceso de revocación de mandato.

Por otra parte, la Sala confirmó por mayoría, con los votos en contra de la magistrada Mónica Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez, un acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, al considerar que se precisó de manera correcta la normatividad aplicable al caso, la razón de incumplimiento a dicha normatividad y que se consideraron las manifestaciones realizadas por las partes. En el acuerdo mencionado, entre otras cuestiones, se amonestó a Claudia Sheinbaum, en su carácter de jefa de Gobierno, y a Martí Batres, en su calidad secretario de Gobierno, ambos de la Ciudad de México, por un evento celebrado en el Monumento a la Revolución el 6 de abril pasado, que, se estimó, vulneró la normativa de la revocación de mandato.

Finalmente se modificó, por unanimidad, la sentencia de la Sala Especializada únicamente respecto a la falta relacionada con la supuesta indebida promoción personalizada por parte de Lucía Virginia Meza Guzmán en favor de un tercero y se confirmó la determinación respecto a los demás motivos de disenso expuestos por la parte recurrente, lo anterior, al considerar fundado el agravio formulado por la referida ciudadana, en el cual aduce la incongruencia en la resolución reclamada, ello, toda vez que, al haberse concluido que la publicación denunciada no constituye propaganda gubernamental no es posible tener por acreditada la infracción de promoción personalizada.

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