Por una unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un revés al Instituto Nacional Electoral (INE), que pretendía suspender el proceso de la consulta de revocación de mandato al argumentar falta de presupuesto.
Ya que el consejo general del INE no tiene atribuciones para posponer el proceso de revocación de mandato, por ser una autoridad electoral, tiene la obligación de garantizar su ejercicio para lo cual debe implementar las medidas y realizar los ajustes presupuestal necesarios’’, aseguró Felipe Fuentes Barrera, magistrado del TEPJF.
En la ponencia, Felipe Fuentes argumentó que el INE solo puede interrumpir el proceso cuando no se reúnan las firmas requeridas por la ley de 3% de la Lista Nominal de Electores.
En su momento, el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, y el magistrado Felipe de la Mata coincidieron con el proyecto presentado por el magistrado Felipe Fuentes de que la revocación de mandato es un derecho constitucional por pidieron al INE primero hacer los ajustes necesarios para continuar con el proceso de revocación y en caso de que no haya condiciones es necesario vincular a la secretaría de hacienda para que otorgue una ampliación de presupuesto para tal fin.
Vincular a la secretaría de hacienda para que en el ejercicio de sus facultades determinar la procedencia de destinar recursos para el ejercicio del derecho constitucional de participar en la revocación de mandato’’, dijo el magistrado del TEPJF, Felipe de la Mata.
En este sentido, el INE tanto como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus competencias, se encuentran obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en materia político electoral que están reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señaló el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón.
En la sesión, a la cual sólo asistieron cinco de los siete magistrados, también la Sala Superior determinó que el presidente no cuenta con legitimación activa para cuestionar el acuerdo emitido por el INE y resolvió desechar la demanda, es decir, que el presidente no participó como autoridad responsable ni demostró en su demanda alguna supuesta afectación en detrimento de sus intereses, derechos o atribuciones.