El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que el cardenal emérito de Guadalajara, Jalisco, Juan Sandoval Iñiguez y el párroco Mario Ángel Flores Ramos, infringieron el principio constitucional de la separación Iglesia-Estado en las pasadas elecciones.
Por una denuncia de morena se supo que los ministros a través de sus redes sociales dieron mensajes, aunque no en forma directa, en contra del partido en el poder, durante el proceso electoral el año pasado.
Al respecto se dejó en claro que está prohibido realizar proselitismo a favor o en contra de algún partido político y determinaron que sea la Secretaría de Gobernación la que imponga las sanciones.
Aunque no solicitaron expresamente votar en contra de una fuerza política sus expresiones de manera clara e inequívoca fingen como equivalentes funcionales de esa solicitud. Es decir en sus mensajes se advierte de manera evidente la intención de influir en el voto de la ciudadanía en contra de una fuerza específica y plenamente identificable”, Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente TEPJF
Y solo una vez determinada esa responsabilidad le corresponderá dar vista a la Secretaría de Gobernación para definir las sanciones correspondientes”, Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente TEPJF.
Por otra parte y por unanimidad los magistrados aseguraron que el INE es la única autoridad competente para decidir si un partido, en este caso morena, puede devolver o renunciar a su financiamiento público para que con ese dinero se compren vacunas contra el COVID-19.
A propuesta de los magistrados Indalfer Infante y Mónica Soto, la Sala Superior reiteró que el INE es la única autoridad competente para resolver las peticiones de los partidos para renunciar o devolver su financiamiento público.
Se determinó, revocar los actos impugnados y ordenó al INE pronunciarse y resolver las peticiones formuladas por Morena, que insiste en que parte de su presupuesto se destine a la compra de vacunas.