Las y los trabajadores del estado afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que se encuentran en activo pueden percibir una pensión por viudez, lo cual por reglamento tenían prohibido.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una porción del Artículo 12 del reglamento de pensiones del ISSSTE que, en la práctica, obligaba a las personas a elegir entre su salario o conservar su pensión por viudez o concubinato.
El Pleno avaló por unanimidad una acción de inconstitucionalidad promovida contra una omisión del Ejecutivo federal, que en diciembre de 2025 no derogó la fracción del reglamento que atenta contra los derechos laborales, indicó el ministro ponente Irving Espinosa.
“Pues el Poder Ejecutivo federal no modificó ni derogó dentro del plazo de 90 días naturales la porción normativa que nos ocupa, además, se considera que la porción normativa es inconstitucional, pues en ella se prevé que la percepción de una pensión por viudez o concubinato es compatible con el desempeño de un trabajo remunerado”, explicó Espinosa.