
El tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito resolvió amparar al excomandante de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, Juan Sánchez Moreno, contra la condena de siete años de prisión que le fue dictada por el delito de tortura en contra de la periodista Lydia Cacho.
Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal consideraron no existe alguna prueba que demuestre que el excomandante judicial haya cometido o participado en el delito de tortura contra la comunicadora.
El acuerdo de resolución señala que en el análisis y valoración sistemática de las declaraciones transcritas con anterioridad, así como en el dictamen psicológico victimal practicado a la pasivo del delito, no se advierte que el ahora sentenciado haya cometido el delito de tortura sirviéndose de otro.
Ello, en virtud de que no existe ninguna prueba que de manera fehaciente y contundente destruya el principio de presunción de inocencia, y acredite sin lugar a dudas que el ahora quejoso instruyó a otros llevar a cabo la tortura en agravio de la periodista.
Cabe recordar que, el 30 de abril de 2019, se cumplimentó la orden de aprehensión contra Sánchez Moreno, dejándole interno en el Centro de Reinserción Social Benito Juárez de Cancún, Quintana Roo.
Cacho fue detenida y torturada en 2005 por la supuesta comisión de los delitos de difamación y calumnias, derivado de la publicación de su libro “Los demonios del edén“, donde la escritora denunció la existencia de una red de pornografía infantil.
Derivado de ello, se ordenó la aprehensión del exgobernador de Puebla, Mario Marín, “El gober precioso”, así como de Kamel Nacif, pero éste último logró echar abajo la acusación en su contra.