Reportajes especiales

¿Qué falta para que mexicanas sentenciadas por abortar queden libres?

El mes pasado se asentaron avances jurídicos de gran relevancia para las mujeres y personas gestantes, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) colocó un precedente histórico al declarar inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Semanas después, la Secretaría de Gobernación (Segob) en conjunto con sistemas penitenciarios y defensorías públicas de las 32 entidades, anunciaron que derivada de esa resolución trabajan para liberar a mujeres y personas gestantes procesadas o sentenciadas por interrupción del embarazo, o bien, por haber sido participes en el proceso.

Sin embargo, ¿cuáles son las opciones jurídicas de las mujeres o personas gestantes que decidieron interrumpir su embarazo y enfrentan un proceso penal?, ¿qué hacer?, ¿a quién acudir?, ¿cómo hacer efectiva la resolución 148/2017?

En el país, la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) continúa siendo restrictiva y los Códigos Penales Estatales son los que lo regulan a nivel local; ellos establecen las causales de no punibilidad o excluyentes de responsabilidad penal.

No obstante, en caso de violación, se reconoce como causa legal en todo el país asentado en la Ley Federal de Víctimas y en la NOM-046.

El pasado 7 de septiembre de 2021, la SCJN determinó, a través de la resolución 148/2017 del Código Penal de Coahuila, que es inconstitucional criminalizar la interrupción del embarazo. Eso significa que las mujeres o personas gestantes no pueden ser procesadas penalmente por el delito de aborto, porque atenta contra sus derechos.

Ese proceso legislativo abrió una ventana de oportunidad, ya que el Código Penal de Coahuila tenía una prohibición total, a través del Artículo 196, e imponía penas y criminalizaba de manera deliberada a las mujeres y personas gestantes, por lo que la decisión sentó un precedente histórico.

 

Algunos avances

Rebeca Lorea Hernández, coordinadora de Incidencia en Política Pública del Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE), destacó que un avance es el reconocimiento de personas gestantes. Es simbólico y tiene implicaciones de fondo, porque las personas trans o no binarias son reconocidas como personas sujetas de derecho.

La coordinadora señaló que la resolución tiene un impacto en el resto de los 24 estados que tienen un Código Penal parecido al de Coahuila; no así en Ciudad de México, Veracruz, Hidalgo y Oaxaca, ya que estos sí reconocen la ILE.

Precisó que la sentencia, para que entre en vigor, no ha sido publicada. Sin embargo, enfatizó que eso no se traduce en una despenalización de forma inmediata, sino que las implicaciones son para el Poder Judicial.

“Como fue una resolución del máximo órgano se vuelve obligatorio para todos los actores del Poder Judicial Federal y a nivel local”, indicó.

Eso se traduce en que las mujeres que deciden abortar y son denunciadas, investigadas y el caso llega ante un juez o jueza, deben dar carpetazo al asunto. “Existe la certeza de que no van a ir a la cárcel, a partir de que se promueva la resolución”, dijo Lorea a Once Noticias.

Criticó que lo que quedó en el aire fueron los efectos retroactivos de la resolución, es decir, que en automático se libere a las mujeres sentenciadas por el delito de aborto.

 

Opciones jurídicas

Sandra Cardona, de la Red Necesito Abortar, compartió a Once Noticias que en las entidades en donde no está legalizado el aborto y las mujeres o personas gestantes enfrentan algún proceso penal o las personas que las asistieron, pueden recurrir a un amparo.

La abogada señaló que en el caso de que estén acusadas por el delito de homicidio en razón de parentesco, en agravio de un producto en gestación, pueden buscar una reclasificación de su delito, “es tardado pero se puede lograr”, comentó.

Mantiene la confianza en que la resolución traerá garantías a los derechos de las mujeres y personas gestantes, porque “las que siguen sus procesos penales en libertad, deben ser cerrados y no cumplir penas”.

Por otro lado, Rebeca Lorea enfatizó que depende la particularidad de los casos, ya que la SCJN no sometió la figura del homicidio en razón de parentesco, pero sí en su argumentación sobre cómo se tiene que garantizar los derechos reproductivos de las mujeres “y abarca siete puntos que van desde la educación integral de la sexualidad, atención prenatal, aborto, atención durante el parto, etc. Esos puntos funcionan y sostienen argumentos en los casos”.

 

¿A dónde pueden acudir?

Las mujeres, personas gestantes o personas que tienen procesos penales abiertos por estos delitos y sus familias, se pueden acercar a GIRE, a la Red Necesito Abortar, así como a las Defensorías Públicas. Estos organismos e instituciones brindan acompañamiento y ofrecen servicios gratuitos.

 

 

Persiste la deficiencia de datos oficiales sobre aborto

A partir de la creación del GIRE en México se abrió una puerta a la información, porque se empezó a recopilar y documentar estadísticas que han sido fundamentales en la lucha para la legalización de la interrupción del embarazo. 

Empero, Rebeca Lorea denunció a Once Noticias que aún existe deficiencia en la generación y acceso a datos oficiales sobre aborto.

Hemos realizado solicitudes de acceso a la información tanto a centro penitenciarios, a poderes judiciales y fiscalías, para saber cuántas personas están criminalizadas por el delito de aborto, pero nos hemos encontrado con vacíos”.

Y es que la coordinadora compartió que al homogeneizar el aborto (tanto voluntario como forzado) y que las penas respondan de manera distinta en cada entidad,  no permite reconocer las particularidades ni los desagregados.

Los datos no nos dan la información completa. No están desagregados por sexo, ni por otras variables. Tampoco en el caso de homicidio. Es complicado dar una ruta clara de qué pasará con las mujeres, porque no tenemos completa certeza de los datos. Es complicado y este momento jurídico en el que estamos ahora trae la atención e importancia de tener políticas púbicas y sistema de información efectivos, sino cualquier esfuerzo no será posible medirlos”, declaró.

Según datos del Secretariado Ejecutivo hay 480 personas privadas de su libertad por el delito de aborto a nivel nacional, aunque como señaló Lorea, los datos deben considerar los datos de homicidio –en razón de parentesco– porque las mujeres o personas gestantes también son acusadas por ese delito.

Dijo que están a la expectativa de saber qué pasará, ya que el anuncio de la Segob, para liberar a mujeres acusadas por el delito de aborto, “es una decisión importante aunque es complicado saber qué tan exitoso será, porque no tenemos un punto de partida fijo para saber cuántas mujeres están privadas de su libertad. Eso queda pendiente”, concluyó Rebeca Lorea.

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