Reportajes especiales

¿Qué hacer cuando una persona es víctima de desaparición?

El sistema registra, según la última actualización, que hay 99 mil personas desaparecidas en México

El fenómeno de las desapariciones en nuestro país se ha profundizado y el panorama de las cifras está lejos de disminuir. Hasta la última actualización, por la Comisión Nacional de Búsqueda, el registro suma 99 mil personas desaparecidas y no localizadas en México. De esta cifra 73 mil 890 son hombres y 24 mil 569 son mujeres.

En lo que va de este año se han registrado tres mil 789 personas desaparecidas, no localizadas y localizadas. De estas, 2 mil 316 son hombres y mil 473 son mujeres.

Los hombres son mayoritariamente los que encabezan las cifras de desapariciones. Desde el 15 de marzo de 1964 al 13 de abril de 2022, del total de personas desaparecidas, no localizadas y localizadas (que suman 243 mil 112) 58.17% corresponde a hombres y 41.58% mujeres.

El contexto es desolador porque suma, además, que al día son asesinadas 10 mujeres en el país; y al menos 28 personas son desaparecidas a diario, según estimaciones del Movimiento Nacional de Personas Desaparecidas en México.

Este fenómeno ha impregnado hasta los rincones más escondidos de los territorios y cualquier persona puede ser víctima. Empero, ¿qué deben hacer las personas cuando algún ser querido (a) desaparece? ¿Cuáles son los protocolos que se deben seguir? ¿A dónde acudir?

De la prevención a la búsqueda

Hace un par de días Baruc, hermano de Wendy Sánchez -desaparecida desde el 9 de enero de 2021- compartió en redes sociales un hilo en el que expone algunos puntos para saber qué hacer en caso de desaparición.

En este hilo resaltan dos puntos: la prevención y la ruta que deben seguir familiares o amigos para las búsquedas.

En la prevención sobresale que las personas deben tener información de ubicaciones, itinerarios, contraseñas y fotos de placas de transporte (en caso de utilizarse servicio privado o público) y localización de sus seres queridos(as). Así mismo mantener comunicación constante desde el momento que la persona sale a la calle.

La prevención que menciona Baruc, coincide con las exigencias que ha hecho el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México en concordancia con el diagnóstico e informe realizado por el Comité CED de la ONU: es necesario prevenir para erradicar las desapariciones.

Pasos relevantes en la búsqueda de personas desaparecidas

Han sido los colectivos, organizaciones civiles y familiares, quienes han trazado algunas rutas para buscar a las personas desaparecidas, con base en la acumulación de las experiencias y casos.

Once Noticias recuperó algunos de los pasos importantes, que han establecido estos colectivos, para tener en cuenta en el caso de que se detecte desaparición.

Levantar reporte y denuncia. Las familias que han detectado la desaparición pueden realizar reportes de manera física, por internet, por teléfono o por escrito ante las Comisiones de Búsqueda (pueden ser locales o Nacional).

El Protocolo Homologado señala que se pueden levantar reportes en la línea de emergencia 911, Locatel y Policías (municipal o estatal). Sin embargo, la colectiva Mujeres de Sal, recomienda denunciar directamente ante la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas y ante Comisiones de Búsqueda Locales. También se debe realizar una denuncia ante Agencias de Ministerios Públicos.

Si las personas detectan que es un secuestro deben acudir de forma inmediata a la Unidad Anti Secuestros de la Fiscalía General.

Si se detecta que la persona fue víctima de desaparición forzada se puede levantar un amparo contra este tipo de desaparición ante los Juzgados de Distrito.

Es importante, una vez que se detecta la desaparición, que también se contacten a las amistades, familiares o personas con quien haya tenido contacto la persona desaparecida, para obtener cualquier información sobre su paradero.

Las búsquedas deben ser inmediatas. Las primeras horas son cruciales, por lo que las búsquedas deben iniciarse inmediatamente. Las autoridades no pueden negarse, pedir o sugerir que las búsquedas y denuncias se realicen luego de un lapso de tiempo (ni de 24, 48 o 72 horas). En dado caso que lo hagan, las personas pueden levantar una queja ante CNDH.

Activar alertas y protocolos. Una vez que se realizan las denuncias se deben de activar las alertas correspondientes: en caso de mujeres y niñas se debe activar el Protocolo Alba en Centro de Justicia para mujeres.

En caso de menores de edad se debe de activar la Alerta Amber (esta se puede realizar vía telefónica, los 365 días del año). Las personas deben tener a la mano fotografías recientes del menor, comprobante de domicilio, INE del padre, madre o tutor, credencial del estudiante y actas de nacimiento.

Publicar y difundir. Luego de interpuesta la denuncia las personas pueden hacer pública la desaparición. La colectiva Mujeres de Sal recomienda contactar colectivos u organizaciones, para apoyar con difusión de fichas de búsqueda. Estas últimas se realizan con la recolección de datos como: nombre completo de la víctima, fotografía reciente, señas particulares, descripción física (peso, altura, complexión, color de cabello, vestimenta), descripción del entorno, lugar y hora en el que fue vista por última vez.

No subir datos personales como números, correos o perfiles de redes sociales para evitar extorsiones. Se sugiere contactar a organizaciones o colectivos que cuentan con números especializados para poner a disposición de la población. En dado caso de que las personas sean víctimas de extorsión se debe guardar toda la información relacionada a este delito y denunciar en el 088.

Una vez que se levante la denuncia, las personas pueden solicitar grabaciones de cámaras de seguridad, geolocalización, registro de llamadas o en dado caso registro de movimientos bancarios.

Llevar un registro o bitácora. Llevar un registro ayuda a tener la información la mano. En ese registro las personas deben anotar la clave que se les da sobre su denuncia, el nombre de las personas que las o los atendieron, fecha de inicio de búsqueda, etc.

¿Y las autoridades?

Existe el “Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”; fue publicado en el año 2020 y es una herramienta jurídica y operativa que sirve para buscar a las personas desaparecidas.

Este documento establece la ruta obligatoria que deben seguir las autoridades (a nivel estatal, municipal y federal) e instituciones para llevar a cabo las búsquedas de personas, en él se explica lo que le toca hacer a cada autoridad en la búsqueda personas.

Se distingue porque es el primero que sirve para buscar a todas las personas desaparecidas sin importar la fecha de su desaparición, las circunstancias o quiénes son, detalla el documento.

Además, el año pasado se publicó el Protocolo Adicional para Búsqueda de Niños, Niñas y Adolescentes, que implica una búsqueda diferenciada para atender las necesidades específicas en la desaparición de menores.

Ambos Protocolos señalan que una vez que se da aviso de la desaparición las autoridades tienen la obligación de emprender cinco tipos de búsqueda. No obstante, la falta de coordinación institucional es uno de los mayores obstáculos en la búsqueda de las personas, una cuestión que ha sido advertida por el Movimiento por los Desaparecidos en México y por en el informe que presentó el Comité CED de la ONU.

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