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Así tramitas tu incapacidad temporal con la herramienta ‘Permiso COVID-19’ del IMSS

Foto: CuartOscuro.

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Este 6 de julio el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) activó la herramienta digital Permiso COVID-19, en su versión 4.0. El servicio busca facilitar a los trabajadores afiliados el trámite de su incapacidad por contagio de COVID-19 sin necesidad de ir al médico y de esta forma, romper las cadenas de contagio.

Mediante un Código QR que estará disponible en www.imss.gob.mx, en la aplicación IMSS Digital para teléfonos inteligentes, así como en todas las unidades médicas, los trabajadores podrán ingresar sus datos y recibir por correo la confirmación de su permiso, el cual tienen que notificar a su empresa y funciona exactamente como cualquier otra incapacidad temporal.

“El permiso COVID 4.0 es un servicio que pone el Instituto para los trabajadores afiliados. Tiene el propósito de ayudarlos a trabajar rápidamente su incapacidad sin necesidad de ir al médico, sin necesidad de hacerse una prueba y recibir directamente vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que les corresponde”, explicó el director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, doctor Mauricio Hernández Ávila.

¿Cómo tramito mi incapacidad temporal por COVID-19?

Para poder tramitar su incapacidad, el trabajador deberá capturar el captcha que se muestra en pantalla y posteriormente ingresar datos personales, su CURP, Número de Seguridad Social, INE y prueba de COVID positiva, en caso de tenerla; todo esto en formato PDF o JPG.

Una vez que se ingresa la información, el programa interactúa con la persona trabajadora y le pide datos bancarios, se ingresa cuenta CLABE y se hace la confirmación de si quiere realizar el permiso COVID.

“La idea es que nos quedemos en casa, minimicemos las cadenas de contagio y así vayamos reduciendo este quinto pico de transmisión que tenemos en México”, mencionó Hernández Ávila.

Se dará a las y los trabajadores permiso legalmente para ausentarse por cinco días y recibir un subsidio –como sucede en enfermedad general- del 60% del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad; el pago se realizará en la cuenta registrada y una vez tramitada la solicitud, no podrá ser cancelada.

“Nos indican nuestras predicciones que en la semana del 17 de julio tendremos la temporada más alta de transmisión en este quinto pico, que me gustaría aclarar que no es ni con mucho como fue en las primeras nueve semanas del año, es menor pero de todas maneras tenemos que reducir las cadenas de transmisión”, precisó el doctor Hernández Ávila.

Si un trabajador ya tuvo un permiso COVID previo, puede volver a tramitar otro permiso, con la variante de que el primero fue por 14 días, después de siete y actualmente se otorga para cinco días de resguardo.

Foto: IMSS https://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso

“Se le da un comprobante de incapacidad temporal, muy parecido a lo que se proporciona al trabajador cuando va con el médico y el mismo médico le prescribe la incapacidad temporal”, dijo el director de Prestaciones Económicas y Sociales.

En la versión anterior del permiso COVID, casi un millón y medio de trabajadores tramitaron su incapacidad; de ellos, aproximadamente 350 mil lo hicieron por vía digital, en tanto que el promedio de edad en que fue solicitado fue de 28 años, siendo entidades como Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco y Estado de México, las que tuvieron mayor número de solicitudes.

Aunque los cuadros respiratorios por el SARS-CoV-2 actualmente son más leves en el país, en los casos en que el trabajador no se recupere al quinto día, la recomendación es que acuda a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde o al área de Urgencias.

Para solicitar más información sobre el permiso, las y los trabajadores pueden comunicarse al Call Center del IMSS, en el teléfono 800 2222 668, opción 0.

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