Salud

Garantizan estabilidad en empleo de trabajadoras en periodo de lactancia

El dictamen fue aprobado en el Senado con 98 votos; se remitió a la Cámara de Diputados.

El Senado de la República de México aprobó una reforma que extiende el periodo de lactancia de las trabajadoras, reforzando así su estabilidad en el empleo. Esta medida, que fue respaldada por 98 votos a favor y una abstención el pasado 24 de octubre, modifica la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Ley Federal del Trabajo.

La reforma establece la obligación de salvaguardar el derecho a la estabilidad laboral de cualquier persona trabajadora con capacidad de gestar, ya sea durante el embarazo, el periodo de lactancia o la lactancia extendida. Solo podrán ser despedidas por una causa justa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la ley.

El periodo de lactancia extendida se define como los dos primeros años del hijo o hija de la trabajadora. Esta reforma garantiza también el acceso y disfrute de todas las prestaciones a toda mujer o persona trabajadora con capacidad de gestar embarazada, durante la lactancia o lactancia extendida hasta por dos años de su hijo o hija, independientemente de su estatus laboral (ya sea trabajadora de base o de confianza).

La ley también establece que cualquier titular de una dependencia que despida a una mujer o persona trabajadora embarazada deberá proporcionar un aviso por escrito que detalle claramente las acciones que motivan la rescisión y las fechas en que ocurrieron. Este aviso deberá entregarse personalmente en el momento del despido o comunicarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en los cinco días hábiles siguientes.

Además, se establecen obligaciones para los patrones, como proporcionar protección según lo establezcan las leyes y reglamentos, así como garantizar condiciones dignas y adecuadas de privacidad, higiene y accesibilidad suficientes para la lactancia materna durante los primeros seis meses y hasta avanzado el segundo año del hijo o hija.

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