El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) dio a conocer que la jueza Gloria Hernández Franco emitió la auto apertura a juicio, a más de un año después de haber vinculado a proceso a la exdirectora de Comunicación Social de la extinta Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX), Elena “N”, con motivo de su probable responsabilidad en la publicación de información estigmatizante en perjuicio de Lesvy Berlín Rivera Osorio.
Rivera Osorio fue víctima de feminicidio la madrugada del 3 de mayo de 2017 en Ciudad Universitaria de la UNAM, Ciudad de México.
En ese sentido, detalló que durante el año transcurrido, la defensa particular de Maria Elena “N” ha intentado diversas estrategias que derivaron en la dilación del proceso, como desconocer la calidad de víctimas de la madre y padre de Lesvy Berlin, al argumentar que el delito de Ejercicio ilegal del servicio público es de resultado formal y en agravio sólo de la sociedad.
Es así como, la imputada en la audiencias del 14 de enero y 18 de febrero de 2022, ofreció gel, cubrebocas, cloro y sanitizante como “medidas de reparación a la sociedad”, en el marco de la contingencia sanitaria, revictimizando con sus pretensiones a las víctimas indirectas.
Además de ello, la imputada y su defensa promovieron recurso de apelación y posteriormente juicio de amparo buscando que una autoridad judicial negara la calidad de víctimas a Araceli Osorio Martínez y Lesvy Rivera Calderón, por lo que nuevamente las víctimas indirectas tuvieron que exigir el reconocimiento de sus derechos ante dichas instancias.
Después de haberse confirmado el reconocimiento de su calidad de víctimas, comentó, tanto por la sala penal como por el juez de distrito que conoció del amparo, las víctimas y sus representantes jurídicas presentaron acusación coadyuvante a la del Ministerio Público.
Como resultado, dijo, en agosto de 2022, se daría inicio a la audiencia de etapa intermedia, sin embargo, fue suspendida ante la manifestación de la defensa de María Elena “N” de su pretensión de optar por la salida alterna y manifestó tener interés en establecer diálogo con la asesoría jurídica y las víctimas.
La imputada solicitó a la Jueza diferir la audiencia; no obstante, dicho acercamiento no sucedió. Ante ello, las organizaciones que acompañan jurídicamente a la familia de Levy presentaron a la defensa de la imputada una opción me acceso a la justicia restaurativa, la cual consistía en elaborar Una Propuesta de Guía dirigida a las áreas de comunicación en el tratamiento de la información relacionada con víctimas de violencias en razón de género y que ésta fuera presentada en un acto de disculpa pública,.
La defensa de la acusada se comprometió a hacerle llegar el plan y se comprometieron a establecer comunicación para dar respuesta, lo cual tampoco sucedió. Más tarde, la defensa particular de la acusada manifestó que no era posible llegar a un acuerdo sobre el plan de reparación del daño bajo el argumento
Ante dicha resolución, la defensa promovió otro recurso de apelación, el cual será resuelto por la Cuarta Sala Penal del TSJCDMX, por lo que el Observatorio exigió que éste sea resuelto desde un enfoque de derechos humanos con perspectiva de género.
Asimismo, demandó la correcta aplicación de la ley con el fin de que la familia de Lesvy pueda acceder a la justicia con motivo de las violaciones a los derechos humanos a la integridad de la memoria de Lesvy Berlín Rivera Osorio.