Hay cambios a la Ley de Movilidad en Ciudad de México.
A partir de este martes serán canceladas las licencias y permisos para conducir cuando el conductor sea sancionado por segunda vez en un período de un año o por manejar un vehículo automotor bajos los efectos del alcohol o de narcóticos.
La Secretaría de Movilidad dijo que también se cancelarán las licencias cuando en un accidente de tránsito la autoridad jurisdiccional o ministerial determine en definitiva que el hecho fue causado por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad y provoque la muerte o lesiones que pongan en peligro la vida de otras personas.
Tratándose de transporte privado o público de pasajeros o de carga, la cancelación de la licencia procederá cuando el titular conduzca en estado de ebriedad o bajo la influencia de narcóticos, así como desde la primera ocasión en que sea sancionado en los términos del reglamento de tránsito.
Asimismo, los conductores de vehículos de transporte privado o público de pasajeros o de carga que se hayan visto involucrados en algún percance vial estarán obligados a someterse a pruebas de detección de alcohol o drogas por personal autorizado para tal efecto.
Al momento de sancionar a una persona por conducir alcoholizada o drogada, la autoridad retendrá las licencias y permisos expedidos por la Secretaría de Movilidad o por cualquier entidad federativa o país durante los periodos establecidos en la ley.