Valle de México

SCJN niega interés legítimo de Cofece en su impugnación sobre LIE

La Cofece promovió una controversia contra la Ley de la Industria Eléctrica por exceder las disposiciones contenidas en la Constitución 

Con seis votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes que la controversia 44/2021, promovida por la Comisión Federal de Competencia Economía (Cofece) contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), no tenía interés legítimo sobre los artículos constitucionales impugnados, ya que no afectan su esfera de competencia y determinó sobreseer el procedimiento (suspender un procedimiento judicial). 

Durante la sesión, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo que los artículos que se mencionaban en la controversia de la Cofece sí fueron reclamados, pero que tenían que ser estudiados desde un aspecto de fondo o improcedencia.

Mientras tanto, el ministro Luis María Aguilar Morales mencionó que algunos artículos no deberían ser determinados sobre su relación con la libre competencia, por lo que sugirió sumar entre los artículo impugnados otros, como 12 fracción primera, 108 fracción quinta y el cuarto y quinto transitorio.

“Estoy de acuerdo en que deben tenerse como reclamados los que señala el proyecto, sin embargo, en el articulo 12 fracción primera, primero, segundo, tercero, cuarto y quinto transitorio que se reclaman no se relacionan como los principios de libre competencia y concurrencia, esto no se vincula con la competencia de Cofece”, dijo la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

Con ella coincidió la ministra Lucía Piña Hernández y el ministro Alberto Pérez Dayan, quienes detallaron que “no estar conformes” con el apartado de las normas impugnadas. 

Antecedentes

El 7 de abril de 2022, la SCJN analizó la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) promovida por el presidente, Andrés Manuel López Obrador, y aprobada por Morena y sus aliados en 2021, debido a que la Comisión Federal de Competencia Economía y el Gobierno de Colimna denunciaron que se “excedieron” las disposiciones contenidas en la Constitución. 

Ese mismo día, la SCJN no alcanzó la mayoría calificada de 8 votos para declarar inconstitucional la LIE, por lo que ésta entrará en vigor con todas sus disposiciones, entre ellas: revocar contratos de generación para autoabastecimiento; y los cambios que busca fortalecer la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como el cambio de orden de despacho en el sistema eléctrico nacional, entre otras cuestiones. 

Cabe recordar que la Cofece y el estado de Colima promovieron 2 controversias constitucionales, 44/2021 y la 45/2021, respectivamente, con el fin de  invalidar el decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a LIE, al considerar que gran parte de su contenido es contrario a los artículos 25, 27, 28, 49 , 133 constitucionales, entre otros. 

Cofece y su controversia 

La controversia detalla que tales artículos ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad. Lo anterior, describe, en afectación a la esfera de competencia de la Cofece, pues le impide garantizar la competencia y libre concurrencia en este sector. 

En un comunicado, la Cofece explicó que bajo el esquema constitucional vigente es fundamental que existan criterios para que los mercados de generación y suministro puedan operar en condiciones de competencia. Éstas son que el despacho de energía tenga criterios objetivos y de eficiencia, y que el regulador, Comisión Reguladora de Energía, opere de manera independiente e imparcial. 

Por tales razones, mencionó, la controversia impugna que el decreto quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y transmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores.

Además, elimina el criterio de despacho económico de las centrales eléctricas y anula la capacidad de competir de otros agentes en el eslabón de generación, diluye la regla de acceso abierto a las redes y permite a suministradores del servicio básico. 

Esta institución menciona la medidas contenidas en el decreto son contrarias a la Constitución, ya que elimina las condiciones necesarias para que exista una dinámica de competencia en el mercado eléctrico. 

 

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