
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se activa la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, luego de que a las 15:00 horas del día de hoy, se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación Gustavo A Madero (GAM), ubicada en la Alcaldía del mismo nombre, Ciudad de México.
Después de las 14:00 horas, la estabilidad atmosférica en el Valle de México se incrementó, lo que generó condiciones muy adversas para la dispersión de los contaminantes precursores del ozono; así como la intensa radiación solar.
Se estima que en las siguientes horas continuarán las condiciones meteorológicas que dificultan la dispersión de los contaminantes.
Grupo Sensibles
— Calidad del Aire (@Aire_CDMX) March 18, 2025
No realices actividades al aire libre, acude al médico si presentan síntomas respiratorios o cardíacos.
El resto de la población
Evita las actividades físicas moderadas y vigorosas al aire libre.
Restricciones a la circulación en el Sector Transporte
Mañana miércoles 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.