Economía

¿Quiénes deben recibir aguinaldo?

Esta prestación contemplada en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo debe recibirse como fecha límite el próximo 20 de diciembre

Se acerca una de las fechas más esperadas por los trabajadores: el pago del aguinaldo.

Esta prestación contemplada en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo debe recibirse como fecha límite el próximo 20 de diciembre.

Recibirán aguinaldo todos los trabajadores:

  • Base
  • Confianza
  • Planta
  • Sindicalizados
  • Por obra o tiempo determinado
  • Por tiempo indeterminado
  • Eventuales
  • Comisionistas
  • Vendedores
  • Trabajadoras domésticas

Quienes ofrecen sus servicios profesionales por honorarios no tienen este derecho, así como tampoco los beneficiarios de programas sociales.

¿Cuánto se debe recibir?

El monto mínimo que se debe recibir es el proporcional a 15 días de salario.

Incluso, si se tiene menos de un año laborando en una empresa o la relación de trabajo termina antes del 20 de diciembre, les corresponde recibir la parte proporcional del aguinaldo.

Sanciones

La ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma.

Si se incumple, las sanciones para las empresas pueden ser de hasta 44 mil 810 pesos.

El aguinaldo es un derecho de los trabajadores y no está sujeto a las condiciones económicas de la empresa.

Profedet

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoramiento gratuito en sus 47 representaciones en todo el país o en los números telefónicos:

  • 800 911 7877
  • 800 717 2942
  • 5559 98 2000
  • Extensiones 44740 y 44741

También ofrece ayuda vía WhatsApp: 55 14 84 87 37 y por correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.m.x

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