Internacional

Defienden derecho de Nayib Bukele a presentarse a la reelección

El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, tiene el derecho de presentarse como candidato en las próximas elecciones, amparado en una decisión de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema, dijo el asesor jurídico de la Presidencia, Javier Argueta.

Bukele, que ha capitalizado el descontento en su país contra los partidos tradicionales, goza de una alta popularidad. Asumió su mandato en 2019 y debe culminarlo 2024.

No se necesita ninguna reforma constitucional, no se necesita una Asamblea Constituyente, sino que ya el artículo 152 [de la Constitución], textualmente dice que el presidente puede ser candidato, siempre y cuando no haya sido presidente en el período inmediato anterior. El texto, confirma la sala, permite que él entre a la competencia y el pueblo decide si lo elige o no”, dijo Argueta.

El artículo en mención, en la Constitución de 1983, asegura que “no podrá ser candidato a Presidente de la República (…) el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

Argueta precisó que, según el tribunal, máximo órgano de interpretación de la Carta Magna, el “período inmediato anterior” no alude al mandato actual de Bukele sino al que le antecedió, donde él no gobernaba. Además habla de un impedimento para ser “candidato”, no para ser “presidente”.

Está confirmando que una persona que es presidente puede ser candidato si no ha sido presidente en el período inmediato anterior”, agregó.

Argueta recordó que la sala anterior “fue destituida por no defender los derechos de la salud” al impedir la aplicación de planes del presidente Bukele para combatir la pandemia de COVID-19. Además, dice, “no ha actuado de oficio” sino atendiendo una demanda presentada por un abogado de oposición.

La democracia en El Salvador está al borde del abismo” por seguir “el mismo libreto [de interpretar la Constitución] que usaron Daniel Ortega [en Nicaragua] y Juan Orlando Hernández [en Honduras]”, advirtió José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch.

 

Hay una diferencia esencial y de 180 grados de Nicaragua, de Honduras, de Venezuela, Bolivia. Ellos han llamado a asambleas constituyentes. En el caso de Nicaragua presentaron un amparo que dobla [vulnera] dos artículos de la Constitución”, consideró Argueta.

Para la encargada de Negocios de Estados Unidos en El Salvador, Jean Manes, la decisión de la Corte, “es claramente contraria a la constitución salvadoreña que establece que la reelección inmediata no está permitida”.

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