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Fallece Miguel Barbosa, gobernador de Puebla

El Presidente López Obrador expresó sus condolencias a la familia del gobernador.

El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer vía redes sociales, el fallecimiento del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta:

“Lamento mucho el fallecimiento de mi compañero Miguel Barbosa Huerta, gobernador del estado del Puebla. Acabo de hablar con su esposa Rosario, le expresé mi tristeza y hago extensivo mi más profundo pésame a familiares, amigos y a su pueblo”. 

El mandatario inició su gestión el 1 de agosto de 2019, luego de unas elecciones extraordinarias tras la muerte de la gobernadora Martha Érika Alondo en un accidente de helicóptero, y terminaría su mandato en diciembre de 2024.

¿Quién era Miguel Barbosa?

Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, nació en Zinacatepec, Puebla, el 30 de septiembre de 1959.

Era licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Fue diputado federal de 2000-2003 y senador de la República 2012-2018. Como diputado federal fue uno de los autores e impulsores de la primera iniciativa de creación de la Ley de Transparencia y fue el diputado que más ocasiones participó en tribuna en esa legislatura.

En el Senado de la República fue presidente del Instituto Belisario Domínguez y presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores (2014-2015).

Fue postulado a gobernador de Puebla por la Coalición Juntos Haremos Historia, integrada por los partidos, Movimiento Regeneración Nacional, del Trabajo y Encuentro Social.

Ana Lucía Hill Mayoral queda a cargo del gobierno de Puebla

Con base en la Constitución de Puebla, Ana Lucía Hill Mayoral, secretaria de Gobernación, estará al frente del gobierno de Puebla tras la muerte de Miguel Barbosa, durante diez días. 

En ese tiempo, los diputados locales elegirán al gobernador sustituto.

“Elegir al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular, si la falta absoluta de éste se presenta durante los cuatro últimos años del período. Dicho funcionario se denominará Gobernador Sustituto”, señala la fracción XIX del artículo 57 de la Carta Magna.

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