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Aumenta pena de prisión al servidor público que entorpezca casos de feminicidio

El dictamen, remitido al Senado de la República, se aprobó por 432 votos a favor, cero en contra y 19 abstenciones.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Artículo 325 del Código Penal Federal con el objeto de establecer que, en caso de feminicidio, el servidor público que retarde o entorpezca la procuración o administración de justicia, se le impondrá pena de prisión de cuatro a doce años.

El dictamen, remitido al Senado de la República, se aprobó por 432 votos a favor, cero en contra y 19 abstenciones. Señala que además será destituido e inhabilitado por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La inhabilitación, añade, comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión.

La diputada Adriana Bustamante Castellanos de Morena afirmó que el dictamen es indispensable para asegurar el efectivo derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

La diputada Elvia Yolanda Martínez de Movimiento Ciudadano subió a tribuna para fijar la postura en abstención de su grupo parlamentario. Consideró que la persecución de delitos como se propone es competencia de las entidades federativas, por lo que cualquier reforma en esta materia es inútil.

La Ley Monse

En 2022 la diputada federal por Morena, Laura Imelda Pérez Segura, urgió a discutir y, en su caso, aprobar la propuesta para reformar el artículo 400 del Código Penal Federal que establece que cuando se trate del delito de feminicidio, se sancione penalmente a quien o quienes cometan un acto de encubrimiento o protejan al o los directamente responsables.

La legisladora recordó el caso del feminicidio de Montserrat Bendimes Roldán, una estudiante veracruzana de 20 años, quien tras ser golpeada por su novio Marlon “N” perdiera la vida; lamentó que el caso siga sin ser resuelto debido a que el presunto agresor fue ayudado por sus propios padres para evadir la justicia.

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