Al igual que lo hizo en el caso de la exoneración de Rosario Robles, la Fiscalía General de la República (FGR) anunció la tarde de este martes 28 de febrero que impugnará el amparo otorgado por el juez de Tamaulipas, al exgobernador Francisco Javier “G”, contra la orden de aprehensión por delincuencia organizada y lavado de dinero.
Adelantó que, ante la sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación al juez que emitió la resolución.
La FGR informó que el propósito de combatir los delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de constituir actos de corrupción, implican la comisión de ilícitos penales, se ve afectado cuando se producen determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y contra una recta administración de justicia.
Detalló que es el caso, de la sentencia de amparo dictada por el juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, precisamente de donde el principal imputado era, hasta hace poco, la máxima autoridad en esa entidad federativa, y en la que se deja sin efectos la orden de aprehensión dictada previamente por un juez de control.
Luego de acusar al juzgador en cuestión de actuar más como defensa del imputado que como autoridad judicial imparcial, la fiscalía afirma que ello se confirma cuando el juez de amparo llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Sostuvo que innumerables casos existen en los que se ha procedido ministerialmente por delincuencia organizada y por los delitos que son la finalidad de quienes se organizan; se han obtenido órdenes de aprehensión, vinculaciones a proceso o autos de formal prisión y sentencias condenatorias.
Además, la FGR agregó que el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio.
Esa omisión contraviene de manera clara lo establecido en el artículo 5º de la Ley de Amparo, y reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución y la propia Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
¿Qué ocurrió esta tarde?
El Juzgado Octavo de Distrito con residencia en Tamaulipas concedió al exgobernador de Tamaulipas, Francisco “G”, el amparo de la ley contra la orden de aprehensión librada en su contra por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero.
De acuerdo con la resolución, el juez Faustino Gutiérrez Pérez, titular del juzgado, resolvió cancelar la orden de aprehensión contra el exmandatario estatal panista acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) de blanquear 42.1 millones de pesos.
Considera que la orden de aprehensión viola el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, toda vez que en este caso el juez de control acomodó dos tipos penales a las acciones atribuidas al exgobernador tamaulipeco.
Dijo que la presunta pertenencia del imputado a un grupo criminal, es un supuesto hecho por el que se fincó el delito de delincuencia organizada, y no acredita de forma automática el lavado de dinero.