Las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y la de Justicia de la Cámara de Diputados aprobaron el dictamen que define la violencia digital y mediática.
Asimismo, se aprobó la imprescriptibilidad de delitos contra la libertad y el desarrollo psicosexual, en casos en que el sujeto activo ocupe el cargo de gobernador, ministro, magistrado, diputado, senador, legislador local, consejero electoral, titular de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, entre otros.
Estas reformas establecen las bases para garantizar la protección de la vida privada de las personas, particularmente mujeres, además de considerar sanciones más severas a quienes violenten estos derechos a través de las plataformas digitales.
Esto se puede dar mediante la divulgación, compartiendo, distribuyendo, compilando, comercializando o publicando imágenes, audios o videos con contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital.
El mínimo y el máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega, aseveró que esta reforma servirá para proteger en mayor medida los derechos de las mujeres; al tiempo que se da respuesta a temas de violencia digital en la que en mayor medida son víctimas niñas y mujeres.
En el caso de la imprescriptibilidad, hay cuestiones estructurales que dificultan el acceso a la justicia, como el uso del poder público para la obtención de la prescripción; con esto se busca evitar que las y los servidores públicos utilicen su encargo para obtener impunidad.
Ambos proyectos de dictamen fueron enviados a la Mesa Directiva para su discusión y análisis en el pleno cameral.